Internet, ¿base de datos para todos? ¿Fuente de acceso público? Newsletter octubre de 2016

Internet, ¿base de datos para todos? ¿Fuente de acceso público? Newsletter octubre de 2016

Una gran mayoría creemos  que internet es una fuente de acceso público, y nada más lejos de la realidad, porque ello implicaría que podríamos hacer uso de cualquier dato que encontremos o busquemos sin mayor problema ni trascendencia, e incluso sin permiso de quien o quienes sean los datos a los que accedemos o usamos, ya sea nombres, emails o teléfonos….etc.

Una creencia popular muy desacertada de la realidad, porque una fuente de acceso público  se define como “…aquella información a la que podemos acceder de forma sencilla y sin la necesidad de obtener el consentimiento de la persona  a la que la información se refiere…“, y  su definición jurídica tal como la describe el art. 3 apartado j )  de la L.O.P.D.  que de manera taxativa prescribe lo siguiente: “ tienen la consideración de fuentes de acceso público , exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica y las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales que contengan únicamente los datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de su pertenencia al  grupo” , y así lo reafirma el art. 7 del Real Decreto 1720/2007 por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD, en este artículo además de las anteriores ( fuentes de acceso público ) añade otras dos, tales como los diarios y boletines oficiales , y los medios de comunicación social.

Queremos aclarar por tanto que internet  no es una fuente de acceso público y  así lo declara la Agencia Española de protección de datos  que en diversas resoluciones e informaciones publicadas en las que declara que internet no se considera un medio de comunicación social, como un periódico o boletín, sino un canal de comunicación.

El resultado de considerar a internet como fuente de acceso público, y por tanto, recoger emails para enviar información comercial, son sanciones como la impuesta a numerosas empresas que han realizado este tipo de prácticas, enviando comunicaciones comerciales que no había sido previamente autorizadas ni expresamente solicitadas, todo ello sin existir una relación contractual previa.

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Un claro ejemplo es el de aquellos nuevos emprendedores o Startups que recurren a internet para obtener una lista de contactos o una base de datos  para realizar una prospección comercial que mejore sus referencias  o potenciales clientes. Estos deben de tener claro en todo momento que es condición sine qua non solicitar el consentimiento del interesado; debemos desterrar de nuestra creencia  que en internet  “ todo es válido “.

Dicha forma de proceder no sólo infringe la LOPD  , sino que también vulnera la LSSICE ( también conocida como ley de internet y de comercio electrónico ), por un lado estamos usando o recabando datos personales  (“ los emails“ ) ; y por otro, cuando enviamos emails publicitarios y/o comunicaciones comerciales  a esas direcciones electrónicas sin un consentimiento expreso previo del destinatario , infringimos el art. 21 de esta segunda normativa.

De la redacción de este artículo se desprende lo anteriormente expuesto,   “Art. 21 Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes”:

  1. Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.
  2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.

Por tanto, consúltenos antes de realizar campañas comerciales utilizando internet y los correos electrónicos, un mal uso puede ser un mal comienzo.

 

 

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