¿Qué me aporta esto de la protección de datos (II)?
En el newsletter del mes de abril iniciamos una serie de comentarios tendentes a desgranar los “beneficios” que aporta a una empresa o entidad el hecho de estar adecuada a la normativa sobre protección de datos. En aquel mes destacamos la imagen: el cumplir con esta normativa aporta una imagen positiva a nuestro negocio, podría ser el resumen de ese post. Le dejamos el enlace del mismo por si quiere recordar lo que comentamos: http://www.evaluaconsultores.com/newsletter-marzo-2012-que-me-aporta-esto-de-la-proteccion-de-datos/
Hoy queremos hablar de la calidad. La palabra calidad tiene múltiples significados. De forma básica, se refiere al conjunto de propiedades inherentes a un objeto que le confieren capacidad para satisfacer necesidades implícitas o explícitas. Por otro lado, la calidad de un producto o servicio es la percepción que el cliente tiene del mismo, es una fijación mental del consumidor que asume conformidad con dicho producto o servicio y la capacidad del mismo para satisfacer sus necesidades.
Con esta definición es fácil deducir que si mi empresa cumple con la normativa sobre protección de datos, la cual conlleva una serie de cuestiones técnicas (seguridad de la información), jurídicas (cumplimiento normativo de un derecho fundamental) y organizativas (adecuado tratamiento de la información), estaremos “aportando” esa calidad a nuestros productos o servicios. Por lo tanto, no se trata solo de evitar las temidas sanciones si no de sumar un grano de arena más al montón que conforma nuestra empresa. Ese granito es la calidad que “la protección de datos” hace que suba.
Volviendo a la definición, tenemos que tener presente que la percepción que un cliente se va a llevar de nuestra entidad, pasa por muchas cuestiones, y una de ellas es el cumplimiento con esta normativa. Imagínese que si deciden hacer, por ejemplo, una web donde incluir fotografías de su negocio, de empleados, de clientes o terceros y ese cliente, percibe que al incluir su foto usted desconoce o incumple esta normativa ¿se verá afectada la calidad de su servicio o producto? Otro ejemplo que se está dando con mucha asiduidad: tiendas online (comercio electrónico) que incumplen totalmente esta normativa no dándole valor. ¿Ha pensado que puede haber clientes que si ven que esta su tienda online no esta adecuada a esta normativa puede no adquirir su producto o servicio?
Como dice el refrán: “con las cosas de comer no se juega”; salvando las diferencias podríamos decir: con la calidad (y el grano de arena que me aporta la protección de datos) no se juega.