PROTECCIÓN DE DATOS EN REDES SOCIALES
PROTECCIÓN DE DATOS EN REDES SOCIALES
Se puede decir que aparte de tener una vida privada física, tenemos una vida privada virtual en Internet a través de las ya cotidianas redes sociales. La desconfianza de algunos, y la utilización en exceso de otros, se ha fusionado para dar paso a que en la actualidad se le dé un uso cada vez más responsable a estos sitios webs. La concienciación nos llega por todas las vías: regulación legal, control de la propia red social y por supuesto la capacidad y el uso común de cada usuario de decidir qué contenidos son idóneos o no.
Pero ¿Hasta qué punto nuestros datos personales están seguros dentro de una red social? Y la respuesta que se puede dar hoy día es: la que nosotros estemos dispuestos a darle.
Como todo, las redes sociales han evolucionado hasta tal punto, que no es necesario compartir con todos la información que deseemos publicar o que publiquen acerca de nosotros, sino que ya podemos elegir quién puede ver ese contenido o no (por ejemplo, la opción tan conocida de Facebook de “amigos”, “amigos de mis amigos”, “publico”, o incluso seleccionar dentro de nuestros propios contactos quién puede ver algo o no). Lo primero que tenemos que hacer es consultar el nivel de privacidad de nuestra cuenta en la red social y seleccionar la que más nos convenga:
- Si esa cuenta es de un uso personal: Como mínimo, configúrala de tal forma que sólo tus contactos puedan ver tus contenidos, y por supuesto, no añades como “amigos” a personas que no conozcas.
- Pero si tu cuenta la utilizas de forma laboral, o para publicitar tu negocio: date a conocer al máximo evitando siempre publicar contenidos y fotos personales, ciñéndote únicamente a tu fin informativo. No es sólo que evites tratar datos personales, sino que este uso se recomienda. En la actualidad cada vez más personas y negocios utilizan las redes sociales de forma profesional.
Y un segundo paso, pero no por ello menos importante consistiría en responsabilizarnos de cada contenido que subamos; aún más si cabe, si ese contenido atañe a una tercera persona, (como puede ser colgar una foto). No utilicemos esta red social para revelar nuestra vida íntima al 100%, sino como un medio de comunicación con personas que posiblemente no tendríamos contacto si no fuera gracias a las nuevas tecnologías.
¿Qué hacemos si publican algo relacionado directamente con nosotros? La Agencia Española de Protección de Datos estima que tenemos derecho a que se cancelen los datos publicados en esos sitios web si no cuentan con nuestro consentimiento, a no ser que su publicación se encuentre amparada por el ejercicio de un derecho (por ejemplo, las libertades de expresión y de información), o se haga en cumplimiento de un mandato legal (por ejemplo, publicación en boletines oficiales). Para exigir la cancelación debemos dirigirnos al responsable del sitio web que aloja el contenido con nuestros datos o en su caso al responsable del buscador de Internet.
En definitiva, utiliza las redes de forma responsable, conoce a todos tus contactos, configura la opción de privacidad de una forma lógica dependiendo del fin que le demos y ante todo, aprovecha y disfruta de las ventajas de un medio cada vez más seguro.
[…] un lado, tenemos la perdida de privacidad. Los datos que se proporcionan a los administradores de las redes entran a formar parte de los […]
[…] un lado, tenemos la perdida de privacidad. Los datos que se proporcionan a los administradores de las redes entran a formar parte de los […]
[…] que suscita una honda preocupación en todos los usuarios de los medios sociales. Nuestro técnicos abordaron esta espinosa cuestión hace varias semanas y nos indicaban como el uso personal o comercial de los medios sociales […]
Buenas, un procurador ha accedido a mi facebook (que tengo de acceso restringido) y en una demanda contra mí ha sacado fotos tanto mías como de familia directa y política, es legal?
Hola, si fuese de acceso restringido ese facebook entiendo que no podría haber obtenido las fotos. También le indico que si el uso de las mismas es para asuntos vinculados a una acción judicial solamente, podrá aportarlas como prueba. Un saludo
Hola buenos dias! una persona que trabajó conmigo en algun momento que yo tuve mi facebook público accedió a él y tomó todas mis fotos, él ahora me acosa por facebook (aunque ya lo tengo bloqueado desde que ví que tomó mis fotos) y pone mis fotos mi nombre y unos escritos (poemas y tonterias) pero nosotros tenemos una orden de alejamiento donde NO se puede acercara mí ni comunicarse conmigo por ningun medio. A mi parecer, esto es un tipo de comunicación y no se que hacer. Ya he hecho denuncias con respecto a la publicación de mis fotos pero no pasa nada. Esto es legal?? que esta persona use mis fotos de esta manera??
Si tengo empleados que publican en forma despectiva de compañeros, publicando cosas privadas que suceden dentro del negocio, se puede realizar una carta de privacidad? me podrías mostrar un ejemplo, o no es algo formal, puesto que es facebook y cada quien comenta lo que guste… pero es un empleo que se trabaja con niños, y no me parece apropiado.. estoy mal?