He pagado mi deuda pero no me quitan del fichero de deudores. Newsletter Marzo 2013

He pagado mi deuda pero no me quitan del fichero de deudores…

Así se puede resumir  el inicio de una tutela de derechos ejercitada ante la Agencia Española de Protección de Datos por parte de una persona  que había abonado la deuda pendiente que tenía con la entidad que la incluyó en un fichero de deudores.

Siguiendo con el análisis del los derechos A.R.C.O. (acceso, rectificación, cancelación y oposición), este mes vamos a analizar el derecho de rectificación.

En primer lugar, os recordamos  que todos estos derechos tienen unas características comunes cuales son:

–       Su ejercicio es personalísimo: solo puede solicitarlo el titular o  la persona autorizada por este presentando el DNI.

–       Solo se puede ejercitar sobre datos personales.

–       El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de estos derechos, podrá solicitar tutela ante la Agencia Española de Protección de datos.

–       Todos cuentan con un plazo temporal en el que hay que resolver su solicitud.

 

Probablemente el de rectificación sea el que menos se  ejercite. Dado que se trata de modificar  una información personal que inicialmente se aporta, es poco común que se modifique dicha información salvo cambios relevantes que el titular de los datos crea conveniente o que se lo pueda exigir una administración o gran empresa.

Los datos que se suelen rectificar son los de dirección, tanto postal como electrónica, así como la situación de deudor a una entidad, es decir, en el momento en el que una entidad que nos reclama una cantidad no cambia ese estatus, podemos exigir esa reclamación.

A continuación les mostramos un esquema de un modelo para ejercitar este derecho:

 

 

 

Una vez hecha esta explicación gráfica, recuerden que desde que la  enviamos al responsable del fichero (la entidad que tiene nuestros datos) esta solicitud, éste tiene 10 días para contestarnos. Si no contestase, se entenderá que la respuesta es negativa.

Si el titular de los datos solicitase un modelo para el ejercicio de este derecho, se le puede entregar  el que incluimos más arriba, que es el que facilita la Agencia Española de Protección de Datos.

Y recuerden, nunca menosprecien ninguna solicitud de tutela de derechos, puede ser el inicio de un procedimiento más peligroso.

 

 

Comments (1)

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