¿Que me aporta esto de la protección de datos III? Newsletter septiembre de 2012
En los newsletter de los meses de Abril y Junio comentábamos dos aspectos muy importantes que una empresa, profesional o entidad de cualquier tipo, debe tener presente: la imagen y la calidad. A estos dos ámbitos contribuía la normativa sobre protección de datos de una forma muy clara. Poníamos los siguientes ejemplos: respecto a la calidad se observaba: “un ejemplo que se está dando con mucha asiduidad: tiendas online (comercio electrónico) que incumplen totalmente esta normativa no dándole valor. ¿Ha pensado que puede haber clientes que si ven que esta su tienda online no esta adecuada a la normativa vigente, pueden no adquirir su producto o servicio?”. Respecto a la calidad señalábamos un buen número de ejemplos como: no incluir todas las direcciones de correo electrónico en la opción CCO de nuestro correo, la pérdida de datos, los envíos de correos comerciales de forma masiva e inadecuada, etc.
En esta tercera entrada de que me aporta la normativa sobre protección de datos, vamos a recordar (por que la mayoría de ustedes imaginamos que ya son conscientes de esta realidad), que el incumplimiento de esta normativa puede acarrear importantes sanciones.
En el ejercicio de 2011, las denuncias registradas en la Agencia han aumentado en un 51,6% (7.648) respecto a las presentadas en 2010 (5.045). El montante total de las sanciones económicas superó la suma de 19,5 millones de euros, incrementándose un 12% respecto al año anterior. Con estas cifras queda claro que el ciudadano conoce cada vez más el derecho fundamental a la protección de datos.
A la pregunta de si hay inspecciones la respuesta viene dada por una previa denuncia, es decir, el titular de los datos, que siente vulnerados sus derechos podrá denunciarlo a la Agencia Española de Protección de datos que ahora sí, iniciara un proceso de inspección.
Otra pregunta que nos hacen en muchas ocasiones es sobre los ámbitos donde más sanciones hay. En este caso, decir que todo lo relacionado con video-vigilancia, tratamiento de deudores, comunidades de propietarios y uso del correo electrónico con fines comerciales de forma inadecuada, serían esos ámbitos. A destacar también que el tratamiento de datos sin consentimiento del titular (si es el caso) ocupa un puesto importante dentro de este tipo de ámbitos.
Respecto a las sanciones, recordar que en 2011 se modificó el régimen sancionador. Se retocaron las cuantías económicas, se introdujo el apercibimiento en algunos casos y se tipificaron nuevas sanciones.
Desde Evalúa consultores, como ya habrán comprobado, nuestro trabajo esta enfocado para que la calidad y la buena imagen de su empresa se vea resaltada al cumplir con esta normativa. Las sanciones no deben ser el camino para cumplir con ello: usted se para en el STOP por que puede venir alguien, no por que le vayan a sancionar…..
No queremos despedirnos sin invitarle a que acceda a nuestra web corporativa y siga todas las novedades que se producen entorno a la normativa vigente sobre protección de datos e igualmente le brindamos la oportunidad de que se haga nuestro seguidor a través de las redes sociales en facebook y twitter, las cuales podrá encontrar en nuestro site corporativo http://www.evaluaconsultores.com/
Un cordial saludo.
Gerencia Evalúa Consultores